La jubilación parcial resucita en españa: un decreto ley busca evitar el estancamiento laboral
- Tras más de un año de bloqueo, la reforma se enfoca en flexibilizar el relevo
- El nuevo decreto: dos vías para cumplir con la exigencia legal
- Limitaciones y ampliación del derecho: un debate en curso
- ¿Qué cambia en la práctica? requisitos y consecuencias
- Diferencias clave entre funcionarios y personal laboral
- Un respiro para la administración pública
El Gobierno español ultima un real decreto ley para reactivar la jubilación parcial en el sector público, una medida que busca frenar el estancamiento de más de 700.000 trabajadores públicos y ofrecer una alternativa a la edad estándar de retiro.
Tras más de un año de bloqueo, la reforma se enfoca en flexibilizar el relevo
El problema se remonta a abril de 2025, cuando una nueva legislación endureció las condiciones para el contrato de relevo, un requisito fundamental para acceder a la jubilación parcial. Esta modificación, que exige un contrato fijo a jornada completa para el trabajador relevista – una norma fácilmente cumplida en el sector privado – se ha convertido en un cuello de botella para las administraciones públicas, donde la contratación está limitada por presupuestos y la rigidez de las ofertas de empleo público.
Como consecuencia, ayuntamientos, universidades y otros organismos públicos han visto paralizados sus procesos de jubilación parcial. La situación ha generado frustración entre los trabajadores que buscan una forma de prolongar su carrera profesional sin renunciar por completo a su salario.

El nuevo decreto: dos vías para cumplir con la exigencia legal
El real decreto que prepara el Gobierno busca desbloquear esta situación. Se basa en un acuerdo con CCOO y UGT, que plantea dos soluciones para superar la barrera del contrato de relevo. La primera opción permite recurrir a candidatos que ya hayan superado procesos selectivos, aunque aún no hayan sido nombrados. La segunda, y quizás más relevante, habilita la contratación de personal interino vinculado a ofertas de empleo público en curso.

Limitaciones y ampliación del derecho: un debate en curso
Inicialmente, la medida se aplicará exclusivamente al personal laboral. Sin embargo, desde CCOO se aboga por extender el derecho a funcionarios de carrera, interinos y estatutarios, reconociendo la importancia de esta modalidad para la sostenibilidad del sistema público.

¿Qué cambia en la práctica? requisitos y consecuencias
La jubilación parcial, en términos generales, permite adelantar la edad de retiro entre dos y tres años, reduciendo la jornada laboral y el salario proporcionalmente. Para acceder a ella, es necesario cumplir con requisitos como alcanzar la edad mínima exigida, acreditar un periodo mínimo de cotización (alrededor de 33 años, aunque puede ser inferior en ciertos casos) y que la reducción de jornada se sitúe entre un 25% y un 50%. Es fundamental destacar que el contrato de relevo debe ser indefinido y a tiempo completo, con una duración de al menos dos años después de la extinción de la jubilación parcial.
La nueva normativa permite la acumulación del tiempo de trabajo en periodos de días, semanas o meses, siempre y cuando se respete la reducción pactada. Una vez alcanzada la jubilación plena, la pensión se recalcula teniendo en cuenta todas las cotizaciones realizadas, incluidas las del periodo de jubilación parcial. La ventaja principal de esta modalidad es que, en principio, no reduce la cuantía final de la pensión si se realiza a través de un contrato de relevo, ya que el trabajador continúa cotizando.
Diferencias clave entre funcionarios y personal laboral
Si bien ambos colectivos pueden acceder a la jubilación parcial, existen diferencias importantes. En cuanto a las oposiciones de acceso, los funcionarios tienen un proceso más estructurado y competitivo que el personal laboral. En términos de despido, los funcionarios gozan de mayores protecciones legales. Respecto a los salarios, la jubilación parcial implica una reducción proporcional de la retribución, pero también una percepción del 50% de la pensión calculada en ese momento, más el 50% de su salario. La cuantía final de la pensión se basa en las bases de cotización acumuladas hasta el momento de la jubilación parcial, no en las que se habrían generado de continuar a jornada completa hasta la edad ordinaria.
Un respiro para la administración pública
La medida, en definitiva, representa un esfuerzo por aliviar la presión sobre el sector público y ofrecer una alternativa atractiva a los trabajadores que buscan un equilibrio entre su vida laboral y personal. El Gobierno espera que esta reforma impulse la reactivación de la jubilación parcial y contribuya a la estabilidad del sistema de pensiones.
